Absuelto un acusado de agresión sexual y maltrato a su expareja en Vilagarcía
El fallo de la sección cuarta de la Audiencia señala que no se puede probar la culpabilidad más allá de la “duda razonable”

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra absuelve a un acusado de malos tratos habituales, vejaciones injustas, amenazas, coacciones y agresión sexual a su expareja. El caso procedía del Tribunal de Instancia número 3 de Vilagarcía. Tras la valoración de las pruebas, el fallo concluye que no se acreditó la culpabilidad del sospechoso más allá de toda duda razonable.
Los hechos denunciados habrían ocurrido en diciembre de 2019, en fechas próximas a las navidades. Fueron calificados por las acusaciones como un delito de agresión sexual, pero la sala explica que la valoración del conjunto de la prueba practicada “no se considera suficiente para enervar la presunción de inocencia y considerar con la debida certeza que los hechos se produjeron de acuerdo con la versión del denunciante”.
En cuanto a los otros delitos, los magistrados destacan que de las pruebas practicadas “no se desprende ningún elemento corroborador de la versión de la denunciante”. En este sentido, la sentencia hace referencia a que la hija en común negó haber presenciado acto alguno que pudiera suponer falta de respeto a la madre, así como tampoco “al resto de los testimonios ni a la prueba pericial se le puede atribuir ese carácter de corroboración”, señala la sentencia.
El consentimiento
El tribunal destaca que el resultado de la prueba pericial tampoco “permite obtener elementos corroboradores , más allá de la situación de conflictividad de pareja que sí han observado las peritos, pero sin poder efectuar una vinculación directa con una situación de maltrato”.
Los jueces también subrayan que ni los peritos ni las pruebas practicadas acreditan que “haya sido actuación alguna del procesado la que haya tenido incidencia ni en el desarrollo laboral ni social de la denunciante”. La sentencia no es firme.
En cuando a la acusación de agresión sexual, y pese a que reconocen en el fallo que el testimonio es creíble, señalan que no se puede probar el hecho de la falta de consentimiento.









