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Vilagarcía

El Juzgado de Vilagarcía inicia la declaración de fallecimiento del piloto que se cayó en el Océano Atlántico

Los familiares iniciaron los trámites y la vista se fija para febrero

Un avión similar al que pilotaba el vecino de Vilagarcía
Un avión similar al que pilotaba el vecino de Vilagarcía
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La Justicia inicia el procedimiento para declarar el fallecimiento del vecino de Cornazo que en abril desapareció en el medio del Atlántico. Son sus familiares, en concreto uno de sus hijos, los que inician este trámite, que llegará el 3 de febrero al Tribunal de Instancia Sección Civil y de Instrucción número 2 de Vilagarcía, que señala en su auto que deben asistir a la comparecencia con los medios de prueba de que intenten valerse.

La citación está publicada también en el tablón de anuncios del Concello, para una mayor visibilidad. En la solicitud, los descendientes de JL.D.O., vecino de la parroquia de Cornazo, explican que “desapareció de su domicilio, de Vilagarcía, el 11 de abril de 2025, sin que desde esa fecha hayan tenido noticias suyas ni familiares ni amigos. Se encontraba en riesgo de vida, puesto que su profesión era piloto de ferry, y se encontraba realizando un vuelo profesional desde St. John’s, en Terranova (Canadá) a Santa María (Portugal), cuando a 120 millas náuticas al este-sureste de St. Johns, el avión desapreció del radar sobre el Océano Atlántico. Poco después, se activó un transmisor localizador de emergencia”.

Suspensión de la búsqueda

Fue el martes 29 de abril cuando salió de Minessota en un vuelo ferry el avión que pilotaba el vecino de Vilagarcía, con rumbo a las islas Azores. El hombre iba a los mandos de un Air Tractor AT-802, operado por la compañía Saama Aviación, filial independiente de la española Martínez Ridao. La areonave perdió el contacto con los controladores aproximadamente una hora y media después del despegue, a unos 400 kilómetros de la costa este de Newfonundland, en Canadá. Según la información proporcionada por el Join Rescue Coordination Centre, el avión emitió una señal de emergencia a través de un Garmin SOS y un transmisor de localización de emergencias alrededor de las 9:08 horas del 29 de abril, hora del Atlántico, cuando se encontraba a unos 225 kilómetros al este de St. John’s.

Desde el primer momento, las esperanzas de la familia por encontrar a su padre y marido fueron escasas, ya que aparecieron restos del aparato. La página especializada Aviación Digital, que recogió este siniestro, explicaba que el piloto era un profesional con una amplia experiencia en vuelos ferry (sin pasajeros, cuando regresan a base) y que solicitó un descenso desde los 11.000 pies (3.350 metros) a los 2.000 (610 metros). El accidente se encuentra bajo una investigación.

La búsqueda del vecino de Cornazo se suspendió pronto. Durante unos días, un helicóptero Cormorant CH-149, un avión Hércules CC-130, la Guardia Costera canadiense y embarcaciones pesqueras locales participaron en un dispositivo para dar con JL.D., pero sin éxito. Los equipos de rescate lograron localizar el flotador del avión, un rastro de aceite en la superficie y una balsa de supervivencia vacía, de color naranja, pero sin rastro del piloto ni del fuselaje principal de la aeronave.

Las autoridades suspendieron las labores de búsqueda a los tres días, debido a las condiciones adversas del mar y a las bajas posibilidades de encontrar con vida al vecino de Cornazo, según declararon.

La temperatura gélida del agua del Atlántico Norte también tuvo mucho que ver en la decisión de la administración, así como las malas perspectivas. Desde el momento en el que se produjeron los hechos, la familia mantuvo contacto con el Ministerio de Exteriores de José Albares, así como con el cónsul general de España en Montreal.

Precedentes en O Salnés

La declaración de fallecimiento es una figura jurídica prevista en el artículo 193 del Código Civil. Este mecanismo permite considerar fallecida a una persona desaparecida cuando ha transcurrido un tiempo razonable sin noticias suyas o cuando su desaparición ha ocurrido en circunstancias que ponen en grave riesgo su vida. Este procedimiento tiene efectos legales equivalentes a un fallecimiento ordinario, permitiendo que los familiares resuelvan la incertidumbre que causa la desaparición y puedan gestionar el patrimonio de la persona desaparecida, según se explica en la web especializada Jimenibus Legal. En los casos de alto riesgo, como el que afectó a JL. D.O., el plazo se reduce hasta los tres meses, según el artículo 193.1 del Código Civil, que se aplica en eventos extraordinarios y catastróficos. 

En O Salnés hay precedentes similares. Ocurrió, por ejemplo, con el marinero cambadés fallecida durante el trágico naufragio del ‘Sin Querer Dos’, que estuvieron más de un año esperando por la declaración oficial de su fallecimiento para poder reclamar las pertinentes prestaciones de viudedad y orfandad. Tres años después, y en el mismo municipio, eran los familiares del tripulante del ‘Villa de Pitanxo’, M.L., los que pasaron por este mismo trance. En dicha ocasión, fue la solidaridad de la Cofradía San Antonio y del Concello de Cambados la que permitió que dispusieran de apoyos transitorios, mientras los afectados trataban de agilizar los trámites con el Ministerio de Pesca y otras autoridades provinciales y autonómicas. En el caso del vecino de Cornazo al que se le perdió la pista tras caer su avioneta al Atlántico, ya está en marcha el procedimiento para declararlo fallecido.

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