
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de Cambados ha condenado a José Ramón Abal Varela, candidato de Cambados Pode y llave para la formación del próximo gobierno del municipio, por huir de un control policial, como responsable de una falta de desobediencia a agentes de la Guardia Civil.
La sentencia, que le fue comunicada en los últimos días, le impone una multa de 180 euros además de las costas del procedimiento judicial. La magistrada tuvo en cuenta la situación económica del ahora condenado para calcular el importe económico a satisfacer dentro de los márgenes establecidos en el Código Penal, como el hecho de encontrarse en paro, viviendo con sus padres y sin cargas familiares. Por ello, determinó una pena de treinta días de multa a razón de seis euros diarios, con privación de un día de libertad por cada dos de impago.
Fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) confirmaron ayer que el condenado ya ha abonado la multa. Aunque el fallo es recurrible y el tribunal indicó ayer la intención del cambadés para cursar apelación, este miércoles el propio TSXG corrigió los datos aportados indicando un "error involuntario" en tal comunicación: "El condenado, en el juicio de referencia, de forma verbal" manifestó "su intención de no recurrir la sentencia", enmendaban.
hechos probados
La jueza considera como hechos probados en su sentencia lo que este diario había adelantado ya a principios del mes de mayo, a pesar de las reiteradas negativas del imputado. Así, se recoge que el 10 de abril, sobre las 12:15 horas, la Guardia Civil dio el alto al Mercedes que conducía Abal Varela en una rotonda de Cabanelas, con motivo de un control contra el uso de gasóleo bonificado en turismos.
Los agentes le pidieron el DNI y uno de ellos comprobó los datos por su pinganillo en comunicación con la central de Vilagarcía. Tras recibir la verificación de que todo se encontraba en orden, devolvió el carnet a José Ramón Abal.
Otro de los agentes le pidió entonces que abriera el maletero y el capó del coche, “al observar una coloración extraña en el filtro del gasoil”, a fin de hacer una prueba del tipo de carburante empleado en el automóvil.
Siempre según los hechos probados, “cuando el agente se dirigió al vehículo oficial para buscar la manguera y los utensilios precisos para llevar a cabo la prueba, José Ramón se subió al vehículo y emprendió la marcha”. Uno de los agentes le dio el alto “de viva voz y además levantando su brazo izquierdo, indicándole que debía parar”, hecho que Abal Varela negó en el juicio pero que corroboraron los tres representantes del Instituto Armado.
"contradictorio"
Durante la vista, el político cambadés habló de “confusión” relativa a que “pensó que, devuelto su DNI, podía marcharse”, “traído argumento” de su defensa, aunque alegado “de manera infructuosa”, considera la jueza en los fundamentos de derecho. “Resulta falaz que confundiese la entrega de su DNI con la indicación de que ya podía irse”.
La jueza es contundente en este sentido: “José Ramón Abal Varela ofreció una contradictoria versión de los hechos que no se sostiene a la vista de las claras, lineales y veraces declaraciones de los agentes actuantes”.
Tanto el fiscal como la titular de la sala dan plena credibilidad a la versión de los guardias civiles, que reiteraron que la orden de alto “fue ignorada por el denunciado”, que “desobedeció esta indicación expresa y clara de que parase”. A todo ello habría que sumar, concluye el fallo, “la no acreditación, por ningún medio, de la versión de los hechos que pretendió defender el imputado”.






















