Mi cuenta

Las notificaciones están bloqueadas. ¿Cómo desbloquear?

Mi cuenta

Las notificaciones están bloqueadas. ¿Cómo desbloquear?
O Salnés

Condenan a un isleño que tiró heroína al mar y escapó por la playa ante la Guardia Civil

0620_matraz_redideal_251121_carlos
0620_obradoiro_redideal_251121_tamara
0620_resonac_redideal_251125_tamara
0620_bonilla_redideal_251121_veronica
620_dans_relojeros_redideal_251212_cristina
0620_liceo_redideal_251121_tamara
0620_pazo_santa_cruz_redideal_251121_cristina
0620_puertas_delfin_redideal_251212_cristina
0620_wayalia_redideal_251121_carlos
0620_arte_floral_calo_251121_carlos
0620_fundacion_vs_251121_tamara

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a un año y diez meses de prisión al isleño Manuel Vidal Outeda, de 46 años, como autor de un delito contra la salud pública, al considerar que se había dedicado al menudeo de droga en la zona.
Su detención se había producido el 25 de mayo de 2010 en O Cabodeiro, sobre las 18:30 horas. Allí, según reza la sentencia judicial, la Guardia Civil había sorprendido al isleño en lo que se identificó como una venta de droga con un posible cliente. Al advertir la presencia policial, el ahora condenado “salió corriendo por la playa, arrojando al mar varios envoltorios de plástico con la heroína que portaba”, según se indica en los hechos considerados probados.
La droga nunca pudo ser recuperada, pero la sala ve indicios suficientes para acreditar su naturaleza, entre ellos, la propia huida, el relato como testigo del supuesto comprador y la declaración del condenado, que habría reconocido que portaba heroína aunque según defendió sería para consumo propio.
El tribunal sí tuvo en cuenta el atenuante por dilaciones indebidas en el proceso judicial, además del agravante de reincidencia, ya que se recuerdan dos sentencias anteriores en su contra por tráfico de drogas, de ocho años y un día así como otra de cuatro años y tres meses, en los años 1995 y 2006, respectivamente.

escuchas legales
La defensa había pedido la nulidad del proceso alegando supuestas irregularidades en las escuchas telefónicas, una de las piezas clave de la investigación, que se desglosó, a su vez, de un caso mayor de supuestas redes de narcos en Arousa.
En la sentencia se trata ampliamente esta cuestión, incluyendo jurisprudencia y analizando detalladamente el caso, hasta concluir que los pinchazos telefónicos se realizaron de manera legal y constitucional. La sala argumenta que el delito investigado es el “narcotráfico”, “sobre cuya gravedad no es preciso insistir, por lo que el sacrificio del derecho de la privación de las conversaciones telefónicas aparece justificado”.

0620_casa_marabina_redideal_251121_carlos
0620_danza_10_redideal_251121_tamara
0620_hitos_redideal_251121_tamara
0620_mampaplus_redideal_251121_cristina
0620_mayores_redideal_251121_tamara
0620_opticalia_redideal_251121_veronica
0620_sergio_ruiz_redideal_251212_carlos
0620_talleres_hercules_redideal_251121_veronica
0620_tinytown_redideal_251121_veronica
0620_alba_cocinas_redideal_251121_cristina
0620_bico_redideal_251125_tamara
0620_buceo_galicia_redideal_251121_cristina