El Concello de Sanxenxo prestó en lo que va de año un total de 60 ayudas a familias empadronadas y residentes en el municipio, a través del programa de emergencia social, un recurso con el que la Concejalía de Bienestar busca favorecer la integración de los vecinos y vecinas que presentan más carencias.
Mediante este plan, el Ejecutivo local pretende dar respuesta inmediata a aquellas situaciones puntuales de necesidad, derivadas de gastos específicos de carácter básico como es la alimentación, el vestido, la vivienda, el gasto de medicinas o tratamientos, además de otras relacionadas con el alojamiento alternativo, los desplazamientos de urgencia o actuaciones extraordinarias en el domicilio.
Tal y como explicó la concejala delegada de esta área, Isabel González, la mayor parte de estos casos son consecuencia de la crisis económica actual y se producen cuando las familias agotan la prestación por desempleo y tienen que asumir los gastos de manutención de sus hijos.
De hecho, al igual que en el anterior ejercicio, la mayoría de las aportaciones realizadas por la Administración sanxenxina fueron dedicadas a la compra de alimentos de primera necesidad, al pago de facturas de electricidad y farmacia y, en algún caso, también del alquiler de la vivienda.
Para ello, el equipo municipal encargado de este programa lleva a cabo entrevistas y visitas de cara a ofrecer un diagnóstico de la demanda planteada y determinar así el trabajo que a nivel social se puede realizar para apoyar al individuo o familia a solventar su situación.
Estas acciones son, pues, parte de un proceso más amplio de intervención orientado a superar la necesidad planteada, y que cuando hay menores en el núcleo familiar “se complementan con outras redes de apoio que xestionamos, como o comedor escolar gratuíto”, apuntó la edila.
La cobertura que dispensa la Concejalía de Bienestar Social incluye ayudas de carácter periódico con una duración determinada, establecida por la trabajadora social en base al seguimiento y evolución del caso, y aportaciones de pago único, que tienen un carácter transitorio y su entrega está motivada por causas excepcionales, puntuales y urgentes.
Entre ellas destacan aquellas surgidas por necesidades básicas de carácter personal como alimentación o vestido; las deudas adquiridas por pagos de alquiler, fianza, cuotas comunitarias ordinarias y aquellas que por valoración técnica se estimen necesarias en lo referente al mantenimiento y conservación de la vivienda; deudas de agua, luz y gas, falta de capacidad económica para la adquisición de equipamiento básico para el hogar, o medicinas, o para alojamiento alternativo cuando sea imposible la permanencia de la persona en su domicilio habitual.




















