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El Supremo libera de las costas a los socios de la Cofradía que se querellaron por el Tragove

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El caso del barco Tragove sigue derivando en resoluciones judiciales. La última fue un reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo, que estima un recurso de casación interpuesto por una decena de socios de la Cofradía, a quienes la Audiencia Provincial de Pontevedra había impuesto el abono de costas en el proceso anterior, liberándolos ahora de ese pago. La sala provincial resolvía el año pasado que no había delitos de estafa ni fraude de subvenciones en la polémica valoración del coste del barco, que derivó incluso en un expediente de devolución parcial de fondos públicos por parte de la Consellería.

Inocentes
El entonces patrón mayor, Benito González, y los responsables del astillero fueron declarados inocentes y el fallo condenaba al pago de las costas judiciales a la decena de socios que ejercieron la acusación popular.
Ellos recurrieron y el Supremo les da ahora la razón al declarar las costas de oficio. El alto tribunal considera que la acusación popular no obró de mala fe, sino de acuerdo con la defensa de los intereses de la entidad de la que forman parte. Es más, señala que sus tesis coincidían con las que inicialmente sostuvo el fiscal y que, de hecho, la acusación pública fue anterior a la particular, por derivarse el caso, justamente, de una investigación de la Fiscalía. Alguno de los informes periciales “excluye que los querellantes hubieran adoptado una conducta procesal temeraria o incurrieran en una conducta de mala fe”, dicta esta nueva sentencia.
 El caso aún está también pendiente de un recurso del Pósito ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. l

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