Cuatro juzgados gallegos han emitido desde el pasado octubre sendas sentencias favorables a NCG Banco en respuesta a las demandas por nulidad contractual sobre la comercialización de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas.
En el caso de Cambados, el fallo con fecha 18 de noviembre de 2013 sobre preferentes por valor de 175.000 euros, establece que M.P.S.F., una mujer asesorada en el proceso de compra por su marido, economista, profesor de universidad y exdirector de oficina bancaria, recibió una “correcta, adecuada y completa información” antes de contratar este producto.
Asimismo, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 indica que “el marido de la demandante ha realizado declaraciones evasivas que denotan haber recibido y manejado mayor información de la que se refleja en la demanda” y concluye que “la correcta comercialización de las participaciones preferentes ha quedado cumplidamente demostrada”.
En Riveira, la sentencia de 21 de octubre del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1, favorable al banco sobre obligaciones subordinadas por valor de 99.000 euros con venta parcial de 48.600 euros, señala que “se esgrime a favor de los clientes sus escasos estudios y preparación, circunstancias estas que no pueden estimarse como constitutivas del error invalidante”. Además, explica que “la carencia de estudios específicos en finanzas o en inversiones, propia de la inmensa mayoría de la población, no es óbice para actuar con sentido común y responsabilidad”, y añade que la situación sobrevenida de la “debacle” de Caixa Galicia “no invalida el contrato inicialmente celebrado pues no ha quedado probada la concurrencia de un vicio en el consentimiento de acuerdo”. La polémica de las preferentes ha afectado a vecinos de todas las localidades de Arousa y muchos han optado por denunciar.




















