
La Plataforma pola Defensa da Ría no podrá interponer el contencioso administrativo que tenía previsto contra la Declaración de Impacto Ambiental aprobada para los depósitos de Ferrazo ya que existe jurisprudencia que impide este litigio en esta fase del proceso.
“Temos pendente unha reunión cos avogados para decidir qué facer, pero en principio temos que agardar a que se outorgue unha licenza para actuar porque a declaración é simplemente un trámite”, advierte el presidente del colectivo ecologista, Xaquín Rubido.
El encuentro que tendrá lugar entre esta semana y la que viene condicionará la cita prevista con el sector productivo de la Ría de Arousa, principal afectado, y también la campaña informativa de la PDRA.
Cabe recordar que el pasado 17 de octubre la Secretaría Xeral de Calidade e Avaliación Ambiental de la la Xunta aprobaba la Declaración de Impacto Ambiental de los depósitos de Ferrazo. Este departamento autonómico califica estos tanques como actividades “ambientalmente viables”, siempre que cumplan las condiciones que establece la DIA, señala el decreto de la Xunta de 17 folios.
Uno de los más extensos apartados del expediente se dedica a la protección de la atmósfera, en el que admite que “se trata de una instalación potencialmente contaminadora de tipo B” y con altos niveles de ruido generados por el funcionamiento de las bombas, compresores de calderas, carga y descarga de buques y tráfico de camiones para el transporte de productos.
La medición de todas las emisiones posibles se llevará a cabo cada tres años, exceptuando las referidas al almacenaje y cargas de gasolinas que todavía no han comenzado a funcionar y que obligaría a hacer una medición a los 12 meses siguientes de entrar en servicio la unidad.
Teniendo en cuenta el ambiente salino del parque de hidrocarburos, “al menos una vez al año será sometido a una inspección visual para detectar posibles daños en bridas y juntas del sistema de conducción de los circuitos de carga y de recogida de vapores”, dice el informe. El otro capítulo clave es la protección de la Ría por el vertido de aguas residuales pluviales hidrocarburadas.
El DIA establece unos controles analíticos mínimos mensuales según una tabla de parámetros que medirán los niveles químicos. Si las analíticas realizadas durante un año presentan resultados por debajo de los límites del vertido establecidos, la empresa podrá solicitar por escrito la modificación de periodicidad del control .






















