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SANXENXO-El TSXG anula la indemnización de 700.000 euros para el hotel Ton

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El recurso de apelación presentado por el Concello de Sanxenxo ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha evitado que la Administración local deba abonar 700.000 euros al propietario del hotel Ton, tal y como había fijado una sentencia anterior, en concepto de indemnización por la cesión realizada para la apertura del camino que conecta la carretera de Circunvalación con la calle Vigo.
El fallo precedente recogía, pues, que “la pretensión es de indemnización por los perjuicios sufridos, que derivan del incumplimiento del acuerdo, que le ha impedido conseguir el aprovechamiento urbanístico”. Así, aquella sentencia explicaba que la superficie de la parcela sobre la que se aplicaría la edificabilidad de 2 m2/m2, que establece la ordenanza 3, es la de los 1.473,96 metros cuadrados pactados, resultando 2.947,92 metros.
Sin embargo, tal y como expone el TSXG esa edificabilidad teórica no es materializable en esa parcela aplicando el PXOM, por lo que “la edificabilidad a la que tendría derecho sería de 1.236,42 metros cuadrados, pero que no se puede materializar”.
No obstante, el fallo tiene en cuenta varias circunstancias para desestimar la pretensión de indemnización de Antonio Uhía, “puesto que no hay constancia de que impugnara el Plan, caso de que considerara que le ocasionaba perjuicios”.
Además, el magistrado alude en su desestimación a “esa posible cesión inferior a lo que el PXOM le exige para que su parcela adquiera la condición de solar, de donde el recurrente estaría saliendo beneficiado, al generársele un enriquecimiento sin causa a su favor”.  
Por ello, el TSXG afirma que “no es posible admitir la legalidad del acuerdo firmado y de ello pretender derivar una indemnización a favor del apelante en los términos en que lo interesa en su escrito, sin perjuicio de que haya de ser indemnizado como consecuencia de la cesión efectuada, acudiendo a los criterios de la expropiación forzosa, puesto que en todo caso habría sido el procedimiento seguido a fin de poder ampliar el ancho del camino”.
Aplicando así la propuesta del precio del suelo urbano del informe estadístico elaborado por el Ministerio de Fomento para el primer trimestre de 2015, la cuantía a abonar sería de 54.732 euros, a lo que hay que sumar el importe derivado del interés legal del dinero, que asciende a 23.721,46  euros
“Estamos moi satisfeitos co resultado do proceso no que, como sempre, defendemos os intereses dos veciños e logramos que o millón de euros reclamado polo demandante pasasen por sentenza a 700.000 euros e finalmente quedasen en 78.453 euros, como pago dos terreos utilizados para a mellora do camiño”, comentaron desde el Gobierno local.   
Contra esta sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia no cabe recurso ordinario alguno.

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