Condenan a un hombre a más de dos años por violencia de género y doméstica a su pareja
El acusado tampoco podrá acercarse a una distancia inferior a los 200 metros o comunicarse por cualquier medio

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra desestima el recurso de apelación presentado por un vecino de Sanxenxo contra una condena de más de dos años de cárcel, una orden de alejamiento de 200 metros y la prohibición de comunicarse mediante cualquier vía por un delito de violencia doméstica y de género hacia su pareja.
Los hechos probados se remontan a junio del año pasado, cuando una noche la mujer llegó a su casa en la localidad de Sanxenxo, y el acusado –con el que convivía– le reprochó su tardanza en regresar al domicilio, iniciando así una discusión en la que le acabó propinándo un bofetón en la cara.
La agredida trató de coger su móvil para llamar a los servicios de seguridad, ante lo que el acusado la agarró por el pelo y el cuello con la finalidad de amedrentarla, además de decirle que “como cogiera el móvil y llamase a la Policía, la tiraba por la ventana”, según expone el escrito del Juzgado Provincial.
La representación de la acusación pedía la revocación de la sentencia elegando “quebrantamiento de las normas y garantías procesales por falta de determinación y claridad” de la misma, además de contradicciones en la declaración de la víctima y la inexistencia de un delito de amenazas.
Pese a los argumentos presentados, la Sala acordó desestimar el recurso interpuesto al no considerar que constase de la contundencia necesaria para modificar el fallo.










