
El juzgado de lo social número 3 de Pontevedra condena al Concello de A Illa a indemnizar con el pago de 8.000 euros al exjefe de la Policía Local, que había denunciado una supuesta situación de acoso laboral. El juzgado, al pertenecer al orden social, no es competente para entrar a dilucidar si, efectivamente, hubo o no acoso, pero sí da por probado que el Concello incumplió “sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales”, al no disponer, ni por tanto poner en marcha, un protocolo antiacoso tras tener constancia cierta de la denuncia de la supuesta situación que manifestó el funcionario.
La sentencia da la razón al denunciante solo parcialmente, ya que este solicitaba una compensación de 30.000 euros, pero, en cualquier caso, supone una condena contra el Ayuntamiento. Reprocha que la entidad local demandada debió haber realizado “una actuación activa dirigida, al menos, a investigar esa denuncia”, “sorprendiendo en primer lugar que, en ese año, no tuviera ni siquiera un protocolo de actuación para situaciones de este tipo, lo que ya en un dato importantísimo a tener en cuenta cuando este tipo de mecanismos preventivos era ya frecuente”.
Encuentro infructuoso
Señala la misma sentencia que “tampoco la actuación del Concello para la solución del conflicto, a través de la persona del alcalde”, entonces Carlos Iglesias, “ha sido satisfactoria, limitándose a propiciar un encuentro entre los implicados que a la vista de su resultado, terminó sin éxito”. Esos implicados eran el propio denunciante, el exjefe de Policía, y el entonces concejal de Tráfico, hoy regidor, Luis Arosa.
“Mente con desfachatez”
El exjefe de la Policía Local valoró ayer el comunicado emitido esta semana por el actual alcalde, en el que el regidor indicaba que el juzgado lo había exonerado a él de responsabilidad.
Para el denunciante, Arosa “mente cunha desfachatez impropia do seu cargo, manifestando que resultara absolto da situación de acoso laboral, cuestión que como queda acreditado mediante a sentenza”, “non se depura na mesma”. El juzgado, de hecho, se reitera incompetente para enjuiciar esta cuestión. Por ello, el funcionario califica que el comunicado del alcalde “obedece ou ben a mala fe ou ben a unha interpretación deficiente da sentencia e non sei cal das dúas cuestións é peor”. “Resulta despreciable comprobar como se pode faltar a verdade con ese cinismo e o pouco que lle doe a institución que representa e que se ve abocada a aboar 8.000 euros por non ter adoptado as medidas de prevención de riscos laborais ao non activar un protocolo antiacoso”. “Semella que non lle otorga valor ningún a que dita institución omitira o seu deber de prevención de riscos laborais, o que resulta impropio para un responsable político que se presume progresista”, concluye.





















