Condenado a un año de cárcel un barbanzano acusado de un delito de lesiones tras una agresión a un vecino en el lugar de A Ribeirña, en A Pobra
La sentencia, que no es firme y puede recurrirse ante el TSXG, le impone al acusado el pago de 2.590 euros al denunciante en concepto de responsabilidad civil y al Sergas la asistencia a la víctima

La sección compostelana de la Audiencia Provincial de A Coruña condenó a un barbanzano a un año de cárcel por cometer un delito de lesiones al “propinarle golpes con las manos y patadas en la cara y en la cabeza” a otro hombre después de mantener con este una discusión fuera de un comercio, según se explica en la sentencia, que no es firme, pues todavía puede recurrirse ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. En la misma también se le impone al acusado el abono de 2.590 euros al denunciante en concepto de responsabilidad civil y al Servizo Galego de Saúde (Sergas) el importe correspondiente a la asistencia sanitaria recibida por la víctima en el servicio de Urxencias el día de la agresión, todo ello con imposición de las costas.
El tribunal considera acreditados los hechos denunciados, ya que se apoya "en la prueba practicada, atendiendo de manera fundamental a la declaración del perjudicado, a la de un vecino que fue testigo de la situación y a la del investigado". También reafirma su decisión basándose en los informes que recogen las lesiones sufridas por la víctima cuando recibió atención médica tras el suceso.
La Sala consideró como hechos probados que el día 15 de septiembre de 2023, en torno a las siete de la tarde, cuando el denunciante se encontraba sentado en las inmediaciones de una tienda en el lugar pobrense de A Ribeiriña esperando a que abriese, se le acercó el agresor y, tras tirarle el teléfono móvil, inició con él una discusión, procediendo a propinarle golpes con las manos y patadas en la cara y en la cabeza, finalizando la agresión al serle recriminada su actuación por un vecino.
A consecuencia de la agresión, la víctima sufrió heridas en el labio inferior, la pérdida de dos dientes incisivos inferiores, precisando para su curación, además de una primera asistencia facultativa tratamiento médico quirúrgico consistente en la aplicación de puntos de sutura, tardando en curar 15 días, de los cuales 5 lo fueron de perjuicio personal básico y 10 de perjuicio moderado. También se indica que quedó como secuela la pérdida completa traumática de los dos incisivos referidos y perjuicio estética susceptible de reparación mediante prótesis dental.
El Ministerio Fiscal interesó la condena del acusado a de tres años y seis meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la pena, como autor de un delito de lesiones previsto en el artículo 150 del Código Penal, así como a indemnizar con 797 euros al perjudicado por las lesiones sufridas y con 1.658 euros por la secuelas. Igualmente, solicitó que indemnizase al Sergas por la asistencia prestada al perjudicado, así como a abonar a este último 135 euros por las gafas rotas. Por parte de la defensa del procesado se solicitó el dictado de una sentencia absolutoria o, subsidiariamente, aplicación de la atenuante de drogadicción.










