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Cambados

Paralizan de forma cautelar el pago a las familias de las víctimas del ‘Sin Querer Dos’

El Juzgado de lo Social considera que implicará un perjuicio económico a la armadora que “no podría ser reparado”

El buque ‘Sin Querer Dos’ se hundió a 4,5 millas al sur de Finisterre en 2018
El buque ‘Sin Querer Dos’ se hundió a 4,5 millas al sur de Finisterre en 2018
Informe de la Ciaim
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El Juzgado de lo Social de Pontevedra estimó la solicitud de la empresa del ‘Sin Querer Dos’ para paralizar de forma cautelar el pago de 522.815 euros para abonar los complementos de las pensiones de viudedad y orfandad de las familias de las cuatro víctimas —el patrón Manuel Serén y los marineros Bernardino Padín, Teófilo Rodríguez y Guillermo Casáis— por el hundimiento del buque, el 19 de diciembre de 2018, a 4,5 millas al sur de Finisterre.

Así, el juzgado pontevedrés decidió paralizar la ejecución de los pagos hasta que se resuelva el proceso, que está actualmente judicializado. Así, según recoge el auto emitido esta misma semana, el desembolso de dicha cuantía por parte de la empresa “implicaría la paralización total de la actividad económica y el consiguiente despido de todos los trabajadores, causando un daño social y económico irreversible” en el buque pesquero. Un perjuicio económico que, señala el auto, “no podría ser reparado posteriormente, aun en caso de estimación final del procedimiento judicial”.

De esta forma, se anula hasta la resolución del proceso judicial  todavía en marcha este pago  —que inicialmente tenía como plazo máximo hasta enero para efectuarlo— a la Tesorería General de la Seguridad Social, impuesto como recargo por faltas de medidas de seguridad en el buque decretado por el Instituto Social de la Marina, en virtud de las demandas interpuestas por las cuatro familias con el apoyo del informe de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (Ciaim) del Ministerio de Transporte, a fin de que puedan ser destinados directa y periódicamente a las prestaciones publicas que por viudedad y orfandad les han sido reconocidas a las familias.

La empresa, sin embargo, reclamaba también que la Seguridad Social habría invadido la competencia del Juzgado, un argumento, sin embargo, rechazado en el auto.

Siete años desde el naufragio

Cabe recordar que el naufragio ‘Sin Querer Dos’, con puerto base en Portonovo, se remonta a diciembre de 2018 y más de siete años después todavía mantiene a las familias de las víctimas en batalla judicial. Fue a las 12:40 horas, cuando la mayoría de los tripulantes descansaba en sus camarotes, el buque volcaba a unas 4,5 millas al sur de Fisterra. De diez tripulantes, fallecieron tres marineros y el cuerpo de un cuarto nunca se recuperó —todos de Cambados—. La Ciaim determinó que el ‘Sin Querer Dos’ se fue a pique debido a un peso “excesivo” de los aparejos en la embarcación que provocó una estabilidad insuficiente: llevaba sobre cubierta unas 20 toneladas de peso en aparejos, cuando el máximo permitido era de 7,875. Inspección de Trabajo impuso a la armadora una sanción de 24.585 euros por una infracción “grave” en materia de seguridad laboral; que el TSXG ratificó el pasado año, frente al recurso presentado por la empresa.

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