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Ulla - Umia

Archivan una causa contra un hostelero por enganchar un ventilador al cuadro eléctrico de un edificio

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La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha archivado provisionalmente una causa abierta contra un hombre denunciado por una comunidad de propietarios de un edificio del Partido Judicial de Caldas por defraudación de fluido eléctrico, al haber conectado al cuadro de la comunidad de vecinos un ventilador situado en el trastero del edificio para el local de hostelería que regenta. Así, el tribunal considera que “no puede sostenerse siquiera indiciariamente la existencia de dolo en la actuación del denunciado”, ya que considera acreditado que el hostelero “desconocía que el ventilador estuviese conectado al suministro eléctrico de la comunidad”, una vez que la empresa encargada de la instalación señaló mediante un certificado que se trató de un “error” y que , “el mismo día del requerimiento se procedió a la desconexión del citado suministro eléctrico”.

Así, la Audiencia confirma el auto previo del Juzgado de Instrucción de Caldas, que ya con anterioridad acordó el archivo de la causa al no hallar indicios de delito. Sin embargo, ante el recurso presentado por la comunidad de propietarios, el tribunal provincial va más allá y sostiene que “los hechos carecen de tipicidad y que el sobreseimiento correcto sería el libre y no el provisional”. Por su parte, la comunidad argumentaba una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por la falta de la práctica de diligencia alguna de investigación, interesándose por la revocación del auto inicial. Pese a ello, los magistrados concluyen que la inadmisión de la denuncia presentada por la comunidad de propietarios exime al juzgado instructor de la obligación de practicar diligencias de comprobación al concluirse la “falta de relevancia penal de los hechos”.

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