Retiran de forma cautelar el coche y el carné a la conductora que entró en la verbena de San Miguel causando once heridos

La Audiencia Provincial ha ratificado la retirada cautelar del coche y del carné de conducir a la conductora investigada por la irrupción de su vehículo en la verbena de las fiestas de San Miguel de Deiro (Vilanova de Arousa) el año pasado, que dejó más de una decena de heridos.
La medida provisional había sido inicialmente acordada por el Juzgado de Instrucción y Primera Instancia número 3 de Vilagarcía, donde se instruyeron las diligencias previas en el curso de la investigación por la presunta comisión de un delito de lesiones por imprudencia.
La retirada cautelar del Smart implicado en el accidente y del carné fueron recurridas en apelación ante la Audiencia Provincial. Esta, en un fallo dictado en marzo de este año pero conocido ahora, decidió finalmente desestimar este recurso, como había solicitado también la Fiscalía, confirmando la medida provisional dictada en el auto del juzgado. Contra tal decisión no cabe recurso, si bien es necesario subrayar que se trata, eso sí, de medidas cautelares, mientras continúa el procedimiento judicial principal por aquel suceso.
El recurso
La representación de la recurrente argumentaba que el decomiso del vehículo requeriría dos condiciones que no se darían en este caso: Cuando fuera necesario practicar alguna investigación o para asegurar responsabilidades pecuniarias. Sostiene la defensa que la solvencia económica queda garantizada por la aseguradora, que el vehículo además, pertenecería a un tercero y que no existiría ninguna diligencia, aún de forma indiciaria, que apunte a una limitación o impedimento de la mujer para conducir.
La sala lo desestima
La sala, no obstante, desestimó el recurso argumentando que cabe la retirada cautelar tanto del automóvil como del permiso, en tanto existiría un “evidente” “peligro objetivo del propio bien decomisado”, “ante la probabilidad de que se repitan hechos como el que está siendo investigado”; y, además, ante “las circunstancias de la investigada” que, según el órgano judicial, “ponen de manifiesto un peligro relevante de que se puedan producir hechos similares en el futuro si no se adoptan las medidas interesadas”. Redundaría en esta consideración “lo que la propia investigada manifestó en su declaración” ante la Guardia Civil: “creyó tener la marcha atrás accionada, y era la marcha hacia delante”, emprendiendo el desplazamiento sin efectuar “maniobra ninguna para corregir la trayectoria”. “En el momento en el que acciona el freno, ya fue inevitable el impacto con la carpa y posteriormente con la base de un árbol”.

Además, la decisión cautelar también tuvo en cuenta “las declaraciones de los organizadores y las averiguaciones de los agentes”, de las que resulta que “el vallado de acceso a la zona de la explanada de la fiesta se encontraría correctamente colocado cuando tuvieron lugar los hechos, por lo que cuando la investigada se encontraba en el lugar pudo observar que era una zona de paso prohibido, en la que no se podía encontrar con su vehículo. A pesar de ello, no solo permaneció allí en ese momento, sino que reconoció en su declaración que habitualmente estacionaba en esa zona, por lo que era un hecho reiterado el que desobedeciera la prohibición”, añaden.
Todo ello, razona la sala, lleva a la “conclusión de que la investigada tiene problemas para realizar la conducción con la diligencia y aptitud necesarias”. “Consideramos que la medida es proporcional” a los hechos investigados, que causaron “un total de cinco heridos graves, seis heridos leves y daños”, señala la Audiencia.










